En el caso de las entidades inscritas en el Departamento de Justicia de la Generalitat, la modificación de estatutos se tiene que hacer en el Registro de Entidades de la Generalitat a través del trámite que encontraréis en este enlace.
Los cambios de estatutos se tienen que comunicar al Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas, a través de este enlace
Qué entidades tienen que adaptar sus estatutos a la Ley 4/2008?

